¿Qué materias o pretensiones puedo conciliar?
Se pueden conciliar las siguientes materias civiles y de familia, son las siguientes:
Civiles:
– Desalojos
– Pago de deudas
– Indemnización
– Pago de arrendamiento
– Otorgamiento de escritura
– Obligación de dar, hacer y no hacer
– División y Partición de bienes
– Incumplimiento de contrato
– Ofrecimiento de pago
– Modificación de contratos
– Problemas Vecinales
– Reivindicación
-Otros derechos que se puedan negociar o disponer
Familia:
– Pensión de Alimentos
– Régimen de visitas
– Tenencia de hijos
– Otros derechos que se puedan negociar o disponer