¿En qué casos se puede otorgar poder para ser representado en la Audiencia de Conciliación?
Se puede otorgar en los siguientes casos:
1. Cuando conforme a Ley deban actuar a través de representante legal.
2. Cuando domicilian en el extranjero.
3. Cuando domicilian en otro distrito conciliatorio.
4. Cuando se encuentran impedidas de trasladarse al Centro de Conciliación.
5. Cuando la parte este conformado por cinco o más personas.